.................... S/APELACION DE SENTENCIA CONDENATORIA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal del Departamento Judicial de Mercedes confirmó la condena por falsedad ideológica, rechazando las nulidades y vicios alegados por el imputado, y sostuvo que la valoración probatoria sustenta la decisión de primera instancia.
- Quién demanda: C.A.M. (imputado)
¿A quién se demanda?
C.A.M. (imputado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad del juicio por violación de garantías constitucionales, y absolución por insuficiencia de prueba
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los agravios del imputado y se confirmó la condena penal por falsedad ideológica
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó detalladamente las cuestiones planteadas por el imputado, concluyendo que no se verificaron vicios que afectaran la validez del juicio. En particular, afirmó que "el planteo del recurrente debe ser desestimado" respecto a la supuesta irregularidad en la asistencia técnica y la vulneración del principio de congruencia, ya que "el relato no ha sido alterado en ninguno de estos momentos procesales" y que las pruebas técnicas y testimoniales son coherentes y suficientes para acreditar la materialidad y autoría del hecho. Asimismo, sostuvo que "la valoración de las pruebas rendidas en el marco del juicio oral y público permite descartar... que el hecho pueda haber sucedido de un modo distinto al descripto en el pronunciamiento de primera instancia". La sentencia reafirma que "el imputado afirmó haber cumplido algo que no cumplió, y lo hizo en el ejercicio de su cargo", y que "la valoración probatoria sustenta la decisión de condena". El tribunal también destacó que "no hay registros de llamadas ni constancias de gestiones mínimas, ante la guardia, dirigidas a tomar contacto con el destinatario de la notificación", y que "las declaraciones de los testigos y las pruebas técnicas aportadas respaldan la conclusión de que la notificación no fue realizada". Los jueces concluyen que "las pruebas aportadas en el proceso permiten emitir un juicio de certeza positiva para afirmar que el imputado insertó una declaración falsa en el acta de notificación".
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