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La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la orden de decomiso en un proceso de juicio abreviado por falta de fundamentación autónoma del decomiso de efectos no vinculados con los delitos. La decisión prioriza la fundamentación individualizada y la vinculación con la comisión del ilícito para la validez del decomiso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso de apelación fue interpuesto por el defensor particular de los imputados J. y E. O. C. contra la disposición de decomiso contenida en la sentencia, específicamente respecto a ciertos efectos incautados en cajas y otros objetos. La defensa argumenta que estos bienes "no han servido para cometer el delito" y que la sentencia está decomisando bienes que no están dentro del artículo 23 del Código Penal, que regula el decomiso. La Cámara analiza que la condena fue en marco de un acuerdo de juicio abreviado, en el cual el decomiso de efectos formaba parte de la propuesta, y que dicho acuerdo requiere una fundamentación autónoma y autosuficiente por parte del juez. La sentencia impugnada no fundamentó en forma adecuada la relación de los objetos con la comisión del delito, en particular respecto a los efectos en las cajas Puma y marrón, que contienen objetos de naturaleza diversa, algunos no relacionados con los ilícitos por los cuales fueron condenados los imputados. La Cámara concluye que la fundamentación del decomiso en la sentencia de juicio abreviado fue deficiente, ya que no se individualizaron los objetos en relación con la comisión del delito, lo que vulnera el principio de legalidad y la necesidad de una fundamentación concreta. Por ello, se hace lugar parcialmente al recurso y se revoca la disposición de decomiso respecto a los objetos en las cajas Puma y marrón, ordenando que se reenvíe al órgano jurisdiccional para que disponga lo que corresponda respecto a cada efecto en particular, en función de su vinculación con el delito.
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