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CORONEL JORGE C/ VILLAGRA HUGO OSCAR S/ DESPIDO

Tribunal del Trabajo Nº 6 de Avellaneda Lanús declaró la caducidad de instancia por inactividad procesal tras más de seis meses sin impulsos, conforme al art. 11 ley 15.057, y dispuso costas a la actora y regular honorarios del abogado.

Costas procesales Regulacion de honorarios Caducidad de instancia Resolucion judicial Inactividad procesal Procedimiento laboral Ley 15.057 Inaccion prolongada Tribunal laboral Avellaneda lanus

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal evaluó la inactividad de las partes en el proceso, constatando que transcurridos más de seis meses sin actividad, se intimó a las partes sin que se impulsara el trámite. La mayoría de los jueces votaron a favor de declarar la caducidad de instancia conforme al art. 11 ley 15.057, considerando que la inacción prolongada justificaba tal decisión. La sentencia señala: "Transcurridos más de seis meses de inactividad sin que se hubiera instado el curso del proceso este Tribunal, intimó a las partes a producir actividad procesal útil bajo apercibimiento de declarar operada la caducidad de instancia, intimación notificada con fecha 4/2/25 sin que, transcurridos los plazos de ley se impulsara el trámite." La decisión también establece que las costas serán soportadas por la actora y que los honorarios del abogado serán regulados en 7 jus, con la adición de aportes legales e IVA. Fundamentos principales: "Por lo tanto, y atento lo dispuesto por el art. 11 ley 15.057, corresponde declarar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (conf. L 118.247 SCBA)." "En mérito al resultado de la votación que antecede, corresponde declarar operada la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (art. 11 ley 15057). Asimismo propongo que las costas sean soportadas por la actora (art. 24 ley 15.057).-" El tribunal fundamenta la decisión en la inacción prolongada de las partes, en la falta de impulso procesal en el plazo establecido y en la normativa aplicable que permite la declaración de caducidad por inactividad. La mayoría de los jueces coinciden en que la inacción justifica la declaración de caducidad, y que las costas deben ser soportadas por la parte actora.

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