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TEERINK, MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en relación a la tasa de interés y el cálculo del retroactivo jubilatorio, confirmando en lo demás la resolución y ordenando el cálculo conforme a la Ley 24.241 y las normas reglamentarias, con intereses a tasa pasiva del Banco Central.

Recurso de apelacion Retroactivo previsional Movilidad jubilatoria Intereses Ley 24.241 Inflacion Costas Inconstitucionalidad Anses Beneficios previsionales

La actora, Monica Teerink, reclama por la retroactividad de su beneficio previsional, argumentando que la ANSeS no aplicó la movilidad jubilatoria en el cálculo del retroactivo y que la demora de 15 meses en el reconocimiento provocó una merma significativa en su pago, con una inflación del 48,43%. La demandada, por su parte, cuestiona la fecha inicial de pago, la extemporaneidad del reclamo, la tasa de interés aplicada y la imposición de costas. La Cámara analizó los agravios y concluyó que los argumentos de la demandada son insuficientes, pues no aportan elementos que reviertan la decisión de la primera instancia. La Cámara revocó la aplicación de la tasa de interés del 6% y ordenó que se apliquen intereses a tasa pasiva del Banco Central, además de que el retroactivo se calcule con la movilidad prevista en la Ley 24.241, sumando intereses. Además, declaró desierto el agravio de la demandada respecto a la fecha de pago y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo las costas a la parte vencida. La resolución destacó que la expresión de agravios debe ser concreta y razonada, y que la apelante no cumplió con ese requisito.

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