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VERA, MONICA GRACIELA c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado y calificó al causante como aportante irregular con derecho, confirmando el resto de la sentencia y ordenando costas a la parte vencida.

Apelacion Pension Densidad de aportes Inconstitucionalidad Anses Aportante irregular Jurisprudencia Decreto 460/99 Beneficios previsionales Derecho a pension.

La actora, Monica Graciela Vera, interpuso demanda contra la ANSeS por denegación del beneficio de pensión directa ley 24.476. La parte demandada alegó falta de evaluación de la proporcionalidad de aportes, inconstitucionalidad del Decreto 460/99 y cuestionó plazos y costas. La Cámara analizó la jurisprudencia sobre la densidad de aportes, destacando que una persona con 8 años, 4 meses y 24 días de aportes a los 44 años, cumple con la calificación de aportante irregular con derecho, en base a la interpretación de la jurisprudencia consolidada por la Corte Suprema en el fallo “Pinto Ángela Amanda” y otros precedentes. La Cámara revocó la calificación inicial, considerándolo aportante irregular con derecho, y ratificó la imposición de costas a la parte vencida, declarando además la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. Fundamentos principales: "En este orden, es oportuno aclarar que nuestro máximo Tribunal ha elaborado jurisprudencialmente algunas reglas tendientes a otorgar el beneficio previsional a quienes contaban con años de aportes, pero no calificaban como afiliados regulares o irregulares con derecho." "Así surgió la construcción que la doctrina ha denominado 'densidad de aportes' y que nuestra Corte ha aplicado en el fallo 'Pinto Ángela Amanda c/ ANSeS' (CSJN, 06/04/2010), por la cual se argumenta que, por ejemplo, una persona de 40 años, no puede ser considerado afiliado regular con 30 años de aportes por la imposibilidad material de reunirlos." "En consecuencia, y en virtud de lo expuesto previamente, entendemos que el causante, con solo 8 años, 4 meses y 24 días a la edad de 44 años al momento del deceso, reúne la calidad de aportante irregular con derecho."

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