TYRRELL, ELSA ELENA c/ PAMI Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que ordenó a PAMI cubrir la medicación solicitada en un amparo por una paciente con cáncer, considerando que la negativa basada en el vademécum y la situación financiera del instituto vulnera derechos constitucionales y derechos humanos.
- Quién demanda: Elsa Elena Tyrrell, afiliada a PAMI, 90 años, con diagnóstico de cáncer de tiroides y secundarismo óseo múltiple en estadio IV.
- A quién se demanda: PAMI (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados).
- Qué se reclama: Orden de cobertura de medicación con LENVATINIB 24 mg y DENOSUMAB 120 mg, que su médico tratante consideró necesaria y urgente.
- Qué se resolvió: La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que ordenó a PAMI cubrir la medicación, rechazando los argumentos de la obra social basados en la vademécum y en la situación económica del organismo. La sentencia consideró que el derecho a la salud, especialmente en casos de enfermedades graves, debe ser garantizado sin dilaciones y que la negativa administrativa vulnera derechos constitucionales y derechos humanos.
Fundamentos:
"El derecho a la salud, especialmente cuando se trata de enfermedades graves, está íntimamente relacionado con el derecho a la vida y con el principio de autonomía personal, toda vez que un individuo gravemente enfermo no está en condiciones de optar libremente su propio plan de vida."
"La protección constitucional del derecho a la salud y los tratados internacionales garantizan la protección de derechos fundamentales, como el acceso a medicación necesaria en casos de enfermedades oncológicas."
"La negativa basada en la situación financiera del PAMI no puede justificar la omisión en la cobertura de medicación imprescindible para la vida y la dignidad del paciente."
"El ejercicio de los derechos constitucionalmente reconocidos, entre ellos el de la preservación de la salud, no necesita justificación alguna, sino que la restricción a ellos debe ser claramente justificada, lo cual no ocurre en este caso."
"El control administrativo que realiza el PAMI no lo autoriza ni habilita a imponerle prescripción alguna en contraposición a la elegida por el profesional responsable del tratamiento."
"La oposición de la demandada se centró en aspectos administrativos, con indudable derivación económica, pero ello no puede traducirse en un perjuicio para la salud del beneficiario."
"La negativa del PAMI vulnera derechos fundamentales garantizados por el marco normativo y la jurisprudencia constitucional y convencional."
"La situación de emergencia sanitaria no exime al Estado de cumplir con el derecho a la salud, particularmente en casos de enfermedades graves."
"Se confirma la condena a PAMI a cubrir la medicación y la regulación de honorarios del abogado."
"Las costas del proceso serán a cargo de la demandada, en atención a
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