NAVEIRO, VARELA MARIA GLORIA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Cámara Federal de La Plata revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y confirma la inaplicabilidad del índice del Decreto 807/16 y de la Resolución 56/2018 en la actualización de la Prestación Básica Universal, sosteniendo que la ley y la jurisprudencia vigente atribuyen esa facultad al Congreso Nacional, no a la ANSES.
La actora, beneficiaria previsional desde agosto de 2009, reclamó un reajuste de haberes que fue parcialmente denegado por el juez de primera instancia, quien declaró la inconstitucionalidad de varias normativas del Poder Ejecutivo y la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial. La ANSES apeló, cuestionando la aplicación del índice para la Prestación Básica Universal y la declaración de inconstitucionalidad del decreto 807/16, además de la actualización según la Resolución 56/2018. La Cámara afirmó que la facultad de determinar el índice de actualización corresponde al Congreso, no a la autoridad administrativa, y que la normativa cuestionada, en particular la resolución 56/2018, fue dictada sin la competencia adecuada, por lo que su aplicación resulta inválida. Se remite a la doctrina del precedente “Elliff” y a la jurisprudencia de la Corte Suprema en “Blanco”, concluyendo que, en materia previsional, la actualización debe hacerse con los índices y en los términos que establezca el Congreso, y no por la vía administrativa. La decisión también destaca que la finalidad del empleo del índice salarial no es compensar la inflación, sino mantener la proporción entre ingresos activos y pasivos, y que el carácter alimentario de las prestaciones exige cautela en la aplicación de índices.
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