GROSSI, SILVIA OLGA c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia, estableciendo una fórmula de movilidad previsional basada en un 50% en las variaciones del IPC y un 50% en las variaciones del RIPTE, y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022, ordenando la actualización trimestral de los haberes en dichos términos.
- Quién demanda: Silvia Olga Grossi (beneficiaria previsional).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de acto administrativo y reclamo por la aplicación de una fórmula de movilidad previsional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la actualización de los haberes previsionales a partir de 2022 con una fórmula que combina variaciones del IPC y RIPTE, y declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 desde 2022. Además, rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 27.426 y confirmó la validez de esta.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la constitucionalidad de las leyes de movilidad previsional, concluyendo que la fórmula aprobada por el Congreso, basada en índices económicos y recaudatorios, resulta razonable y proporcional, en línea con la doctrina de la CSJN. Se resaltó que la garantía constitucional de movilidad no implica una fórmula única, sino que corresponde al Legislativo establecerla dentro de los límites de razonabilidad y proporcionalidad, atendiendo a las circunstancias socioeconómicas. La fórmula vigente hasta 2024, que no ajustaba adecuadamente por la inflación, generó una depreciación de los haberes del 97,29% respecto al IPC y del 66,18% respecto al RIPTE, afectando el poder adquisitivo de los beneficiarios. La declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 fue fundada en que la fórmula no lograba mantener la relación razonable con los índices de inflación y salarios, vulnerando el derecho a la movilidad y la propiedad. La solución propuesta es aplicar una fórmula combinada (50% IPC y 50% RIPTE) para la actualización de los haberes desde 2022, en línea con la jurisprudencia constitucional y evitando decisiones judiciales que sustituyan la voluntad del Congreso.
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