CORRAL, ARMANDO c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
El actor cuestionó las pautas de movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró la inconstitucionalidad de la fórmula establecida en la ley 27.609 a partir de 2022 y ordenó su actualización trimestral con un índice compuesto.
Impugnación de acto administrativo, cuestionando las pautas de movilidad de su haber previsional.
¿Qué se resolvió?
- Se rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.426.
- Se ordenó a ANSES integrar el haber de diciembre 2020 con el porcentaje que hubiera correspondido por la ley 27.426 suspendida.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordenó actualizar los haberes trimestralmente con un índice compuesto 50% IPC y 50% RIPTE.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que la movilidad previsional es una garantía constitucional que debe ser reglamentada por el Legislador, quien tiene facultad para determinar los alcances y modalidades.
- Si bien la fórmula de la ley 27.609 cumplía con la constitucionalidad formal, su aplicación práctica generó una depreciación acumulada de los haberes entre 33% y 49%, vulnerando la garantía de movilidad y el derecho de propiedad.
- Corresponde una solución que mejor refleje la recomposición de los beneficios, mediante un índice compuesto 50% IPC y 50% RIPTE.
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