GALIANO, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajustes varios de su beneficio previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia, declarando la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 y ordenando un reajuste de los haberes.
Reajustes varios de beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el rechazo de la redeterminación del haber inicial por servicios en relación de dependencia.
- Se ordena la redeterminación del haber inicial por servicios autónomos según doctrina "Volonté" y "Rodríguez".
- Se difiere el tratamiento del reajuste de la PBU a la etapa de liquidación.
- Se rechaza el cuestionamiento a la ley 27.426.
- Se ordena integrar el haber de diciembre 2020 con la diferencia entre lo percibido y el 42,13% que correspondía.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordena actualizar los haberes trimestralmente con una fórmula combinada de 50% IPC y 50% RIPTE.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas a la demandada.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha señalado que el legislador tiene la facultad y el deber de fijar el contenido de la garantía constitucional de movilidad previsional, dentro de límites razonables.
- La fórmula de la ley 27.609, basada en variables salariales y de recaudación, no resulta irrazonable ni desproporcionada.
- Sin embargo, su aplicación concreta ha generado una depreciación acumulada de los haberes previsionales que viola la garantía de movilidad.
- Corresponde entonces ordenar un reajuste trimestral con una fórmula combinada de IPC y RIPTE para restablecer el valor adquisitivo de los beneficios.
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