B R C/ D D E F Y OTROS S/ ALIMENTOS
La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial Departamental modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la fijación de la cuota alimentaria en el 70% del SMVyM y rechazando la demanda contra los abuelos paternos. La decisión se fundamenta en la valoración de la capacidad económica y las necesidades del menor, con perspectiva de género y en interés superior del niño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, B, R, demanda alimentos para su hijo menor, contra su ex pareja E F D D, y los abuelos paternos E F D D y M D`A, solicitando una cuota del 30% de los ingresos del demandado o un salario mínimo. La demanda busca cubrir manutención, educación, salud, vestimenta y recreación, y que los abuelos contribuyan en caso de insuficiencia del progenitor. La sentencia de primera instancia condenó al demandado a pagar el 70% del SMVyM, considerando su mayor capacidad económica, y rechazó la demanda contra los abuelos por su situación de vulnerabilidad y contribución familiar. La Cámara confirmó la cuota, argumentando que la distribución de cargas debe reflejar las realidades económicas y la responsabilidad parental compartida, en línea con los arts. 658, 659, 660 y 666 del CCC, y en protección del interés superior del niño. Se rechazaron los agravios del demandado sobre la retroactividad y las costas, manteniendo la decisión de primera instancia. La sentencia también reguló honorarios profesionales, estableciendo los montos correspondientes.
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