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CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PSICOLOGOS DE LA PROVINCIA DE B C/ PISTONE ANDREA CAROLINA S/ APREMIO

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la ejecución en términos de módulos, en lugar de dinero, y desestimó la modificación del objeto del reclamo. La decisión se fundamentó en la carácter de deuda en módulos establecida por la normativa de la Caja y la ley aplicable, ajustando la condena a ese parámetro.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Caja de Seguridad Social para los Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires promovió un apremio contra Andrea Carolina Pistone por deudas en aportes generadas en su calidad de profesional colegiada en Psicología, medida en módulos y en pesos por planes de pago caducos, totalizando más de 6.348.420,11 pesos. La sentencia de primera instancia ordenó el remate y remató la ejecución por un monto global en pesos, considerando intereses a tasa pasiva más alta, y rechazó la petición de la ejecutada de que la condena se expresara en módulos. La apelante argumentó que la ejecución debía ajustarse al objeto de la demanda, en módulos, y que la sentencia no respetó la naturaleza del reclamo. La Cámara analizó la naturaleza de la deuda, establecida en módulos por la ley 12.163, y concluyó que la ejecución debe hacerse en esa unidad de medida, ajustando los intereses a la tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en lugar de la tasa propuesta por la parte. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando la ejecución en módulos y desestimando la variación en la naturaleza del crédito, además de imponer las costas de alzada a la ejecutada.

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