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MARCOLIN CARLOS HUGO Y NIEVA BEATRIZ GRACIELA C/ STELLA MARIS MERSICH, EDITH IRMA VICH, JORGE GABRIEL CARRILLO Y OSVALDO ENRIQUE VICH COMO HEREDEROS DE MERSICH MANUEL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION

La Cámara confirma la sentencia que rechazó la reclamo de usucapión por falta de prueba suficiente, aclarando que no se acreditó la posesión continua y pacífica por el plazo legal. La decisión se fundamenta en la insuficiencia probatoria y en la valoración conjunta de las pruebas presentadas.

Prescripcion adquisitiva Usucapion Prueba compuesta Derecho de propiedad Actos posesorios Valoracion probatoria Fallo confirmatorio Posesion pacifica Documentos y testimonios Plazo 20 anos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda de usucapión fue promovida por Carlos Hugo Marcolin y Beatriz Graciela Nieva contra Stella Maris Mersich y otros herederos de Manuel Mersich, respecto a un inmueble en Coronel Rosales. La parte actora alegó que ejerció posesión pacífica, pública y continua durante 20 años, sustentando su pretensión en documentos, testimonios y pagos de tasas, además de la cadena de transmisión de derechos. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que la prueba no acreditó el inicio y la ejercicio efectivo de la posesión por el plazo legal, y que los elementos probatorios no demostraron la continuidad necesaria en el tiempo. La Cámara de Apelaciones confirmó dicha decisión, señalando que la prueba aportada no fue suficiente para acreditar la posesión exigida por la ley, y que la documentación y testimonios no lograron demostrar el corpus y el animus domini de manera concluyente. La valoración de la prueba se centró en que los comprobantes y declaraciones no evidencian actos materiales de posesión durante los veinte años requeridos, y que las declaraciones testificales no aportaron datos precisos sobre el inicio de la posesión. La sentencia enfatizó que, para que prospere la usucapión, debe existir prueba compuesta que permita identificar claramente el comienzo y la ejercicio efectivo de la posesión en el tiempo, lo cual no ocurrió en el presente caso. La interpretación del tribunal fue que la documentación presentada, en particular los pagos y las adquisiciones, solo prueban la transmisión del derecho, pero no la posesión material y continua, elemento esencial para la declaración de usucapión. La resolución destacó además que las circunstancias y la prueba testimonial no permiten superar los requisitos legales para la adquisición por usucapión, y que la carga probatoria no fue satisfecha por la parte actora.

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