A. I. E. S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia que condenó a I. E. A. por abuso sexual con acceso carnal, confirmando la determinación de la pena y la valoración de agravantes y atenuantes. La decisión se fundamenta en la correcta valoración de las circunstancias del caso y la legalidad del quantum de pena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal Oral Criminal nro. 2 del Departamento Judicial de Quilmes condenó a I. E. A. a trece años y seis meses de prisión por abuso sexual con acceso carnal. La Defensa interpuso recurso de casación, alegando que la valoración de las circunstancias atenuantes y agravantes, así como la determinación de la pena, fue arbitraria e injustificada. La Cámara de Casación, tras analizar los argumentos, sostuvo que el tribunal de grado ponderó correctamente las circunstancias del caso, como la superioridad física, la confianza preexistente y la cercanía de las viviendas, considerándolas elementos extrínsecos que refuerzan la lesividad del hecho, sin constituir elementos típicos del delito, y que la fundamentación de la pena fue adecuada, sin transgresión legal. El tribunal además rechazó la queja sobre el quantum de pena, señalando que la valoración de las circunstancias en la determinación de la pena no requiere la aplicación del mínimo legal, y que la discrepancia de la defensa sobre la dosimetría no configura error ni violación constitucional. La Cámara concluyó que no resulta procedente el recurso de casación y lo rechazó en consecuencia.
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