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.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN (ART.417) -RPJ-

La Cámara de Casación Penal declaró abstracto el recurso de casación promovido por L. E. B. tras acreditarse que la orden de detención que motivaba el planteo fue dejada sin efecto por el juez competente, por lo que la cuestión se tornó abstracta y sin objeto de resolución.

Recurso de casacion Orden de detencion In dubio pro reo Cuestion abstracta Habeas corpus Homicidio agravado Decision judicial Resolucion judicial Inoponibilidad Inconstitucionalidad

El recurso de casación fue interpuesto por el Dr. Fernando Roque Barrionuevo en contra de la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial de San Martín que rechazó por improcedente el hábeas corpus solicitado por el imputado L. E. B. por la orden de detención en su contra derivada de un delito de homicidio agravado. La Cámara de Casación analizó la situación y, dado que el juez competente dejó sin efecto la orden de detención preventiva, concluyó que la cuestión planteada en el recurso se volvió abstracta, pues ya no existía una situación fáctica que motivara la discusión. Los jueces Mancini y Budiño coincidieron en que, al haberse dejado sin efecto la orden de detención, la cuestión devino abstracta y no procedía el pronunciamiento de fondo. La Sala declaró la cuestión abstracta sin costas, en virtud de lo dispuesto en los artículos 421, 433, 464 inc. 1, 465 inc. 2°, 530 y ccdtes del CPP, y dispuso que se comunique y remitan las actuaciones al órgano jurisdiccional de origen para las diligencias correspondientes.

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