P., C. J. A. S/ROBO (IPP 03-02-4690-25) (J.G N°4)
La Cámara de Dolores confirmó la prisión preventiva de Claudio Portela en un caso de robo agravado y hurto, rechazando el recurso de la defensa y considerando que los peligros procesales justifican la medida, en línea con la normativa y el principio de proporcionalidad.
El actor, Claudio Jesus Alberto Portela, fue detenido el 9 de junio de 2025 por su presunta responsabilidad en delitos de robo agravado por efracción y hurto en concurso ideal, tras ingresar violentamente a dos domicilios en San Clemente del Tuyú y apoderarse de diversos bienes, incluyendo electrodomésticos, mobiliario y otros elementos. La causa fue iniciada con una denuncia por hechos ocurridos el 7 de junio, con un relato detallado de los objetos sustraídos y las circunstancias del ingreso. La resolución de convertir su detención en prisión preventiva fue cuestionada por el defensor particular, argumentando la falta de peligro procesal y la necesidad de garantizar el derecho a la libertad, pero la Cámara consideró que existen peligros procesales objetivamente fundamentados, vinculados a antecedentes previos del imputado, incluyendo condenas por delitos similares, y a la gravedad del delito investigado. La Cámara analizó las normas del Código Procesal Penal y el principio de proporcionalidad, concluyendo que la prisión preventiva se ajusta a derecho, dada la existencia de peligros procesales y la necesidad de asegurar el resultado del proceso, sin vulnerar el derecho a la libertad del imputado. La Cámara confirmó la resolución del juez de garantías, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la prisión preventiva.
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