C. P. B. Y OTRO/A C/ C. C. A. Y OTRO/A S/ACCION DE IMPUGNACION Y RECLAMACION DE FILIACION
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia que rechazó la impugnación de paternidad y reconocimiento filiatorio en un proceso de impugnación y reclamación de filiación, manteniendo la decisión de grado que desplazó a los hijos de C. A. C. y los reconoció como hijos de A. d. l. T., fundamentada en el informe pericial genético y en el marco normativo de protección de la filiación y derechos del niño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por R. M. P., en representación de sus hijos menores B. y O. C. P., contra C. A. C., para impugnar su paternidad extramatrimonial, alegando que C. A. C. reconoció a los menores sin ser su padre, y contra A. d. l. T., como el verdadero progenitor. La parte demandada A. d. l. T. aceptó la prueba pericial de ADN, que confirmó su paternidad, desplazando a C. A. C. del estado de hijo. La sentencia de grado dispuso el desplazamiento de C. A. C. y el reconocimiento de A. d. l. T. como padre. La Cámara revisó la legalidad y validez del proceso, confirmando la decisión, y rechazando el recurso de apelación interpuesto por la parte actora. Se argumentó que la impugnación de filiación requiere la acción previa o simultánea para la modificación de la filiación, y que la prueba genética y la conducta procesal de la parte demandada justifican la decisión. La Cámara sostuvo que no existió obstáculo procesal ni incumplimiento en la colaboración de la demandada, y que la decisión respetó los derechos del niño y la normativa vigente. Los votos de los jueces fueron unánimes en confirmar la sentencia.
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