CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS C/ SILVA MONICA ALEJANDRA S/ APREMIO
La Cámara Segunda de Apelación declara la inadmisibilidad del recurso de apelación por extemporáneo y lo declara desierto, confirmando la sentencia de primera instancia que rechaza las defensas y el pedido de levantamiento de la medida cautelar en un proceso de apremio por obligaciones previsionales impagas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Caja de Previsión Social para Martilleros inició un proceso de apremio contra Mónica Alejandra Silva por la suma de $330.623,50 en concepto de obligaciones previsionales impagas. La sentencia de primera instancia rechazó las defensas y el pedido de levantamiento de la medida cautelar, dictándose la apelación por parte de la demandada. La Cámara analizó la procedencia del recurso y la normativa aplicable, concluyendo que la apelación fue interpuesta extemporáneamente, ya que no se acompañó la argumentación en el acto y fue presentada fuera del plazo legal establecido por la ley 13406. En consecuencia, se declaró la inadmisibilidad del recurso y se lo declaró desierto, confirmando la decisión de primera instancia. La Cámara fundamentó que la ley 7014 y la normativa de la Caja de Previsión Social establecen el procedimiento para el cobro de aportes y contribuciones mediante apremios, siendo la presentación extemporánea la causa de rechazo del recurso. La resolución contó con la unanimidad de los jueces.
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