.................... S/ INCIDENTE DE PRISION DOMICILIARIA
La Cámara de Junín confirmó la resolución que denegó la prisión domiciliaria a Rafael Ariel Alvez, argumentando que no se cumplieron los requisitos legales y que la condición de salud del interno no justificaba el beneficio, respetando el principio de humanidad en la ejecución penal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Rafael Ariel Alvez, quien cumple una condena de doce años por homicidio simple agravado por arma de fuego y encubrimiento, solicitó la prisión domiciliaria. La resolución de primera instancia fue rechazada, considerando que no se cumplían los requisitos normativos y que su estado de salud no impedía su permanencia en prisión. La Cámara de Junín confirmó dicha resolución, señalando que los informes médicos no evidencian que la condición de salud del interno impida su reclusión ni que exista peligro para su vida o integridad en ese contexto. La Cámara recordó que la prisión domiciliaria requiere que la patología no pueda ser adecuadamente abordada en prisión o que el interno esté en peligro, y en este caso, no se acreditó ninguna de esas condiciones. Además, rechazó la alegación del cuidado de su pareja, ya que no se comprobó que la mujer dependa exclusivamente de él ni que requiera asistencia especial. La resolución se fundamentó en el respeto por el principio de humanidad y en que no existían condiciones objetivas que justifiquen modificar la decisión de la autoridad de grado. Fundamentos principales: "Lo que el ordenamiento jurídico persigue es, en pocas palabras, impedir que la privación de la libertad se muestre especialmente aflictiva y que resulte configurativa de un trato cruel, inhumano y/o degradante en razón de tornar imposible la recuperación o el tratamiento médico adecuado del interno enfermo que purga su pena en un centro carcelario." "Desde el momento que no se encuentran abastecidas las condiciones objetivas exigidas por la norma. A lo que cabe agregar que el juez interviniente determinó expresamente en su resolución que las autoridades del Servicio Penitenciario deberán extremar los recaudos y los medios necesarios para garantizar el tratamiento médico necesario a la salud de Alvez." "En relación al otro motivo alegado por la Defensa para acogerse al instituto... los agravios traídos no se abastecen de manera tal que fundamenten su otorgamiento, principalmente en tanto no se ha demostrado que la fémina se encuentre a su exclusivo cargo..." "De lo expuesto entiendo que, de momento, el decisorio en crisis debe ser homologado por encontrarse ajustado a derecho."
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