.................... S/INCIDENTE DE APELACION
La Cámara de Junín rechazó el recurso de apelación contra la exclusión de una prueba pericial accidentológica por inadmisibilidad procesal, confirmando la decisión que declaró la nulidad de la prueba por presentación extemporánea y violación del debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Sergio Daniel Bracken, interpuso recurso de apelación contra la decisión que declaró la nulidad y exclusión de un informe pericial accidentológico presentado "motu propio" por la defensa. La Cámara de Junín analiza si dicha prueba fue incorporada conforme a la normativa procesal y constitucional. La jueza de garantías declaró la nulidad del informe pericial, fundamentando que su presentación fue unilateral, fuera de plazo y sin participación del órgano jurisdiccional, vulnerando el principio de contradicción y las garantías del proceso penal acusatorio. La defensa argumenta que el informe no constituye una pericia procesal, sino un dictamen técnico privado, y que su incorporación no requiere los mismos plazos, además de alegar vulneración a derechos constitucionales y convencionales. La Cámara, tras analizar la normativa y jurisprudencia, concluye que el informe no puede considerarse prueba válida en esta etapa, por haber sido incorporado sin respeto a los procedimientos legales, y que su nulidad o inexistencia es la consecuencia adecuada. El tribunal rechaza el recurso de apelación y confirma la decisión de exclusión de la prueba, con costas. La disidencia del juez Beraza coincide en la improcedencia del recurso, reiterando que el informe no constituye una pericia procesal, sino un dictamen técnico privado, y que su incorporación no requiere los mismos plazos.
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