KODAK ARGENTINA SAIC C/ MUNICIPALIDAD DE MORENO S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS
La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Nicolás confirmó la nulidad del Decreto N° 1751/17 por vicio en el procedimiento administrativo, y rechazó el recurso de apelación de la Municipalidad de Moreno, ratificando la sentencia de primera instancia que ordenó la devolución del pago previo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Kodak Argentina S.A.C.I., demanda la nulidad del Decreto N° 1751/17 dictado por la Municipalidad de Moreno, que determinó una deuda por derechos de publicidad y propaganda correspondiente a los años 2008 a 2016, y reclama el reintegro del pago de $205.721,47 más intereses. La sentencia de primera instancia anuló dicho decreto por vicio en el procedimiento, específicamente por la falta de intervención y audiencia previa del contribuyente en la determinación de oficio, en violación a las normas de procedimiento aplicables. La Cámara confirma que la Municipalidad incurrió en una violación del debido proceso, al no haber permitido la participación efectiva del contribuyente, lo que invalidó la liquidación tributaria. La parte demandada alegó que no se vulneró el derecho de defensa y que el acto fue motivado y conforme a la normativa, pero la Cámara sostiene que la omisión de la vista previa y la falta de participación del contribuyente en la determinación de oficio constituyen vicios insubsanables, que justifican la nulidad del acto administrativo. La sentencia reafirma que la nulidad no puede subsanarse en sede judicial por la naturaleza de los vicios esenciales, y que la devolución del pago previo es una consecuencia lógica de la anulación del acto.
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