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CANTERO FACUNDO GABRIEL C/ ARCE ADRIAN ALBERTO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Quilmes confirmó la responsabilidad de Adrián Alberto Arce en el siniestro de tránsito y condenó al demandado a pagar una indemnización por daños y perjuicios de $41.541.100, con intereses y extensión a la aseguradora, por daños físicos y materiales, y declaró la inconstitucionalidad del art. 7 ley 23928 en su versión según ley 25561.

Responsabilidad objetiva Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Actualizacion monetaria Dano fisico Accidentes de transito Inconstitucionalidad ley 23928 Aseguradora.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Facundo Gabriel Cantero contra Adrián Alberto Arce y la aseguradora Orbis, por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 14/01/2019. La parte actora reclamó $946.285 en daños y perjuicios, incluyendo gastos médicos, daño físico, moral, psíquico, tratamientos futuros, reparación del vehículo y privación del uso del mismo. La sentencia de primera instancia encontró responsable al demandado por imprudencia y conducción negligente, estimó en $41.541.100 la suma de condena, y declaró la inconstitucionalidad del art. 7 ley 23928 según ley 25561, por considerarla incompatible con la realidad inflacionaria y el derecho de propiedad. La Cámara de Quilmes confirmó la responsabilidad del demandado y la cuantía indemnizatoria, además de la declaración de inconstitucionalidad del mencionado artículo legal, y condenó en costas. Fundamentos principales: El tribunal valoró la prueba documental y pericial, especialmente el informe mecánico y el dictamen médico, que acreditaron la mecánica del siniestro y las lesiones del actor. Se concluyó que la responsabilidad del demandado derivó del incumplimiento de normas de tránsito, en particular por circular a alta velocidad y no reducir la marcha, interponiéndose de forma violenta en el cruce del actor. La responsabilidad se extendió en forma mancomunada y solidaria a la aseguradora, en los límites de la póliza. En materia de daños, se indemnizaron gastos médicos, tratamiento futuro, daño físico, daño moral en $6.000.000, reparación del vehículo en $61.100, y privación del uso del motovehículo, que se descartó por falta de prueba. El tribunal también abordó la problemática inflacionaria y la depreciación del valor de la moneda, declarando la inconstitucionalidad del art. 7 ley 23928 en su versión según ley 25561, y aplicó actualizaciones por el índice CER y tasas de interés del Banco Provincia, en línea con la jurisprudencia reciente. La condena fue fijada en $41.541.100, con intereses y extensión a la aseguradora.

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