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SARTELLI MARIA DEL VALLE Y OTRO/A C/ SUCESORES DE LEIVA REINALDO DARDO S/ ESCRITURACION

La sentencia de primera instancia ordena la elevación a escritura pública del boleto de compraventa y condena a los herederos de Leiva a realizar las gestiones en un plazo de 30 días, confirmando la existencia de la obligación contractual y la legitimación de los actores para reclamarla.

Incumplimiento contractual Prueba documental Obligacion de hacer Legitimacion activa Escritura publica Accion de cumplimiento Documentos privados Contratos de compraventa Tramites sucesorios Derecho inmobiliario.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La acción promovida por María del Valle Sartelli y Omar Enrique Riedel busca el cumplimiento del contrato de compraventa y la consecuente escrituración del inmueble ubicado en Necochea, contra los herederos de Reinaldo Dardo Leiva, quienes se oponen alegando falsedad en el boleto y falta de certificación. La sentencia de primera instancia reconoce la validez del boleto de compraventa, la obligación de los herederos de escriturar, y ordena que en 30 días se realice la escrituración bajo apercibimiento. La causa se fundamenta en que la relación jurídica surge del boleto, cuya autenticidad no es discutida, y en que el pago del precio fue aceptado, consolidando la obligación de escriturar. La defensa oficial no logró desvirtuar la validez probatoria del documento, y el tribunal concluye que la acción es procedente, condenando a los demandados a cumplir con la obligación en plazo.

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