PALACIOS FERNANDO GABRIEL Y OTRO/A C/ OMINT SOCIEDAD ANONIMA DE SERVICIOS S/ AMPARO
La sentencia de primera instancia declaró la nulidad de la rescisión del contrato de afiliación por parte de la demandada y ordenó la reafiliación y cobertura de salud a los actores, considerando que la rescisión fue arbitraria y sin prueba suficiente de mala fe.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa versa sobre la rescisión unilateral del contrato de afiliación a una obra social por parte de O. S. A. S. de S., alegando falseamiento de declaración jurada por parte de los actores. Los actores demandan la nulidad de la rescisión y la reafiliación, basándose en que la empresa no acreditó la mala fe ni el dolo en el falseamiento. La demandada sostiene que hubo omisión de antecedentes médicos en la declaración jurada y que ello justifica la rescisión. La sentencia de primera instancia concluyó que la empresa no probó la mala fe y que la rescisión fue arbitraria, ordenando la reafiliación y cobertura. Se argumentó que la declaración jurada fue completada por un tercero sin la firma de los actores, y que la empresa no acreditó que los actores actuaran de mala fe. Se destacó que la ley protege al consumidor frente a conductas arbitrarias y que la documentación probatoria revela que la firma en el formulario no corresponde a los actores, evidenciando un posible abuso. Además, se resaltó que la normativa de medicina prepaga debe interpretarse en favor del usuario, garantizando su acceso a tratamientos y protección contra decisiones unilaterales y arbitrarias. La sentencia ratificó que la rescisión sin prueba de mala fe es ilegítima y ordenó que se mantenga la afiliación y la cobertura de salud de los actores, con costas a la demandada.
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