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MICELI RUBEN SILVIO Y OTROS C/MARTIN JUAN MANUEL S/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de La Plata confirmó la sentencia que condenó a los herederos de Juan Manuel Martín por daños y perjuicios derivados del homicidio de Silvio Miceli, estableciendo una indemnización total de 127 millones de pesos y fundamentando la responsabilidad en la condena penal previa y en la responsabilidad civil por dolo.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por los padres y la madre en representación del hijo menor de Silvio Miceli, quien fue víctima de homicidio por parte del demandado Juan Manuel Martín, condenado penalmente a 10 años de prisión por el delito de homicidio en la causa penal N° 2114. La sentencia civil ratificó la responsabilidad del demandado, en tanto que fundamentó la responsabilidad en la culpa dolosa del agresor, en la relación causal y en la evidencia probatoria, incluyendo la condena penal. Se rechazó la excepción de falta de legitimación activa del menor Tiago, y se valoró la afectación psíquica y moral de los actores, otorgando una indemnización de 35 millones para cada uno de los padres y 12 millones para el hijo. La sentencia también impuso costas a los demandados y fijó los intereses en un 6% anual desde el hecho. La decisión se fundamentó en la responsabilidad subjetiva del actor, la fuerza probatoria de la condena penal y en la protección integral de los derechos personalísimos, acorde a los tratados internacionales y la legislación vigente.

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