PALMA BOBADILLA CECILIA JACQUELINE Y OTRO/A C/ TFAILI ABRAHAM ALI S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La Cámara Civil de Luján confirma la declaración de adquisición de dominio por prescripción adquisitiva a favor de los actores, fundamentada en la posesión pública, pacífica e ininterrumpida desde 1976, y desestima las alegaciones del demandado basadas en la falta de contacto y fallecimiento en 1968.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Cecilia Jacqueline Palma Bobadilla y Oscar Argentino Barroso contra Abraham Ali TFaili para obtener la declaración de dominio por prescripción adquisitiva de los inmuebles catastrados en la circunscripción VI, sección A, manzana 44, parcelas 4C y 4D, ubicados en Torres, partido de Luján. Los actores acreditaron la posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida desde 1976, además de la construcción de viviendas y actos posesorios que respaldan su derecho. Los informes de dominio, planos de mensura, documentación y testimonios aportados evidencian la legitimación de su posesión y la continuidad en el tiempo. La defensa del demandado alegó fallecimiento en 1968 y la ausencia de contacto, pero la prueba aportada refuerza la existencia de la posesión y el uso del inmueble. La sentencia de primera instancia declaró la adquisición del dominio a través de la prescripción adquisitiva, imponiendo las costas del juicio en el orden causado y reservándose la regulación de honorarios. La Cámara confirma dicha decisión, fundamentando que la prueba y los elementos probatorios son suficientes para otorgar la posesión y dominar del bien a los actores, conforme a las disposiciones del Código Civil y del proceso.
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