VERGARA JARPA LEANDRO ANTONIO C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Leandro Vergara contra la sentencia del Tribunal de Trabajo N° 2 de Bahía Blanca, confirmando la decisión que parcialmente hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar diferencias en prestaciones de riesgos del trabajo, argumentando que el planteo de inconstitucionalidad y violación de doctrina legal no está fundado ni probado en la causa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal de Trabajo N° 2 de Bahía Blanca hizo lugar parcialmente a la demanda de Leandro Vergara, condenando a Experta Art S.A. a abonarle diferencias en prestaciones dinerarias según los arts. 14 inc. 2 apartado "a" de la ley 24.557 y el incremento de la ley 26.773, rechazando en cambio el reclamo en base al derecho civil. La sentencia analizó la acreditación del accidente laboral, la incapacidad y el ingreso base, además de considerar probado que el actor percibió prestaciones en sede administrativa. Respecto a la inconstitucionalidad del art. 12 de la ley 24.557, la sentencia afirmó que la argumentación del accionante no aportó fundamentos concluyentes ni elementos probatorios, y que la doctrina legal invocada no se ajustaba a las circunstancias del caso. También se dispuso calcular los intereses conforme la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La parte actora interpuso recurso extraordinario alegando vulneraciones constitucionales y violación de doctrina legal, en especial la sentencia "Amaya". La Corte rechazó el recurso, señalando que la impugnación no logró demostrar la transgresión constitucional ni la infracción de la doctrina legal aplicable, y que las consideraciones del recurrente solo se basan en consideraciones genéricas y cálculos sin respaldo concreto. La Corte destacó la gravedad de declarar inconstitucionalidades y la necesidad de una crítica clara y fundada, lo que en el caso no ocurrió. Por lo tanto, el recurso fue desestimado, con costas.
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