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OLIVA, NORBERTO ABEL c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

El actor impugnó el haber previsional por la aplicación de las leyes de movilidad. La Cámara Federal modificó la sentencia y declaró parcialmente inconstitucional la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609, ordenando su actualización conforme a un índice combinado.

Seguridad social Jubilacion Movilidad previsional Inconstitucionalidad Ipc Ripte Anses

Impugnación del haber previsional por aplicación de las leyes de movilidad
- Decisión: La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia, declarando parcialmente inconstitucional la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 a partir de 2022, y ordenando su actualización conforme a un índice combinado del 50% IPC y 50% RIPTE. Confirmó la orden de integrar el haber de diciembre 2020 conforme a la ley 27.426. Fundamentos:
- La Corte Suprema ha reconocido que la movilidad previsional es una garantía constitucional, pero su reglamentación queda librada al Poder Legislativo.
- Si bien la ley 27.609 no es inconstitucional en su aspecto formal, su aplicación práctica generó una grave depreciación de los haberes previsionales a partir de 2022, vulnerando la garantía de movilidad.
- Corresponde entonces ordenar la actualización trimestral de los haberes a partir de 2022 mediante un índice combinado 50% IPC y 50% RIPTE, para reflejar adecuadamente la variación del costo de vida y los salarios.

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