OLIVA, NORBERTO ABEL c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO
El actor impugnó el haber previsional por la aplicación de las leyes de movilidad. La Cámara Federal modificó la sentencia y declaró parcialmente inconstitucional la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609, ordenando su actualización conforme a un índice combinado.
Impugnación del haber previsional por aplicación de las leyes de movilidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia, declarando parcialmente inconstitucional la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 a partir de 2022, y ordenando su actualización conforme a un índice combinado del 50% IPC y 50% RIPTE. Confirmó la orden de integrar el haber de diciembre 2020 conforme a la ley 27.426.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema ha reconocido que la movilidad previsional es una garantía constitucional, pero su reglamentación queda librada al Poder Legislativo.
- Si bien la ley 27.609 no es inconstitucional en su aspecto formal, su aplicación práctica generó una grave depreciación de los haberes previsionales a partir de 2022, vulnerando la garantía de movilidad.
- Corresponde entonces ordenar la actualización trimestral de los haberes a partir de 2022 mediante un índice combinado 50% IPC y 50% RIPTE, para reflejar adecuadamente la variación del costo de vida y los salarios.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: