.................... S/ INCIDENTE DE MORIGERACION DE LA PRISIÓN PREVENTIVA
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín confirmó la resolución que denegó el arresto domiciliario a Illescas, argumentando que la proporcionalidad del encierro se mantiene dadas las circunstancias del proceso y la pena en expectativa, sin que existan motivos para modificar la medida cautelar en esta instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa principal seguida a Illescas por delitos graves (abuso de armas agravado, amenazas, atentado a la autoridad, portación de arma de guerra, robo agravado y violación de domicilio) tiene como antecedente la resolución que negó el pedido de arresto domiciliario, decisión confirmada en esta instancia. La resolución se fundamenta en la duración de la detención (más de un año), el estado del proceso y la evaluación de informes del Servicio Penitenciario y el Ministerio Público, que consideran que la medida cautelar resulta proporcional y necesaria para garantizar la continuidad del proceso y la protección del orden público. La defensa fundamenta su recurso en la vulneración del principio de inocencia y la duración de la detención, pero la Cámara sostiene que el encierro resulta proporcional y que la decisión de primera instancia está ajustada a derecho, reiterando que el estado actual del proceso y los informes indican que no corresponde modificar la medida cautelar en esta etapa. Se destaca que la causa principal aún está en etapa preparatoria y que la audiencia de debate está prevista para marzo de 2026.
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