.................... S/INCIDENTE DE PRISION PREVENTIVA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Junín confirmó la prisión preventiva de Claudia Mora por considerar que la medida responde a una probabilidad cierta de autoría y está fundada en indicios suficientes, en un contexto de riesgo de fuga y en la existencia de otros prófugos relacionados con el delito de estafa. La sentencia destaca que la prueba recolectada, incluyendo testimonios, filmaciones y allanamientos, justifica la cautelar, y que no se vulneran los principios de proporcionalidad y razonabilidad, manteniendo la decisión de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Junín revisó la resolución que decretó la prisión preventiva de Claudia Mora, quien fue imputada por el delito de estafa (art. 172 del CP). La jueza de garantías, en primera instancia, fundamentó la medida en indicios de participación directa en el hecho, como testimonios, filmaciones y allanamientos, además de la fuga de otros sospechosos. La defensa argumentó la falta de indicios suficientes, pero la Cámara consideró que la prueba existente justificaba la cautelar, en línea con los arts. 157 y 158 del CPP, y que la medida no vulneraba principios constitucionales. La decisión fue confirmada en apelación, resaltando que la prisión preventiva en etapa de instrucción responde a la necesidad de resguardar la investigación y prevenir riesgos, sin vulnerar derechos constitucionales, en un marco de proporcionalidad y razonabilidad.
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