.................... S/ HOMICIDIO CULPOSO CALIFICADO
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Junín confirmó la sentencia condenatoria en juicio abreviado por homicidio culposo, rechazando los agravios y manteniendo la condena basada en la valoración razonable de la prueba y la conducta imprudente de la imputada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia condenatoria fue dictada a Irma Ester Olivetto en orden al delito de Homicidio Culposo tras un acuerdo de juicio abreviado, imponiéndole dos años de prisión condicional y cinco de inhabilitación para conducir. La defensa alegó que la valoración probatoria fue irracional y que la culpa del motociclista fue determinante en el siniestro. El tribunal consideró que la conducta de la imputada al cruzar la avenida sin advertir la presencia de la motocicleta en su mano derecha constituyó una conducta negligente, y que la responsabilidad penal no se ve excluida por la imprudencia del motociclista ni por circunstancias como la falta de casco. La valoración probatoria fue considerada ajustada a los estándares de razonabilidad y la sentencia de primera instancia fue confirmada. Se destacó que el acuerdo de juicio abreviado requiere motivación suficiente, y que la valoración probatoria no puede ser considerada un mero acto homologatorio. La causa fue analizada en el marco del procedimiento del juicio abreviado, con especial énfasis en la responsabilidad de la imputada y las reglas de prioridad de paso y culpa en la circulación vial.
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