.................... S/INCIDENTE DE APELACION
La Cámara de Junín rechazó el recurso de apelación en subsidio del de reposición presentado por la defensa de Giordano contra la resolución que ordenó la restitución del inmueble. La decisión se fundamenta en la existencia de pruebas que acreditan la probabilidad del delito y la legalidad de la cautelar, sin nuevos elementos que alteren la situación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Máximo Papa, demanda la restitución del inmueble de su propiedad, ocupado ilegítimamente por terceros. La causa se inició tras la denuncia y diligencias que verificaron la ocupación y la existencia de indicios de usurpación, fundamentando la medida cautelar de restitución prevista en el art. 231 bis del CPP, la cual fue dispuesta por el juez de garantías. La defensa de Giordano interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, argumentando que nuevos testimonios de Santos y Roston demostrarían que no existió delito de usurpación y que la situación había variado, solicitando la revocación de la medida. La Cámara de Junín confirmó la legalidad y proporcionalidad de la medida, considerando que la evidencia documental y testimonial avalaba la verosimilitud del derecho del denunciante, y que no había elementos nuevos suficientes para modificar la decisión. Se destacó que la medida cautelar es de carácter provisoria, susceptible de revisión en sede penal y que, con la efectiva restitución del inmueble el 03/06/2025, la pretensión en trámite deviene abstracta y sin interés procesal. La resolución fue ratificada en instancia casatoria y en instancia de queja, sin que existan fundamentos para alterar la decisión. La Cámara concluyó que el recurso no procede, confirmando la resolución previa y rechazando la apelación en subsidio con costas.
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