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SILVA MARCELO DANIEL C/ AUZA QUEJAVI IVAN FARE Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia que condenó a Ivan Fare Auza y la aseguradora a pagar indemnización por daños físicos y morales, ajustando los montos en los rubros daño psíquico y daño no patrimonial. La decisión se fundamenta en la valoración de las pruebas y la aplicación de fórmulas matemáticas para la indemnización futura.

Accidente de transito Responsabilidad civil Incapacidad permanente Formula matematica Dano psiquico Dano patrimonial Indemnizacion danos y perjuicios Interes punitorio Dano no patrimonial Apelacion.


¿Quién es el actor?

Marcelo Daniel Silva

¿A quién se demanda?

Ivan Fare Auza y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito, incluyendo daño físico, psíquico, moral y gastos médicos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena, modificando los montos de indemnización, estableciendo $880.000 por daño patrimonial y $270.000 por daño no patrimonial. Además, ratificó la tasa de interés aplicable y las costas de alzada a cargo del demandado vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal analizó la causalidad entre el accidente y las lesiones, concluyendo que no se acreditó conexión causal suficiente para la cervicalgia, pero sí para la lesión en el hombro izquierdo, que será indemnizada. La evaluación de incapacidad se realizó considerando las condiciones del actor, las lesiones efectivamente comprobadas y la normativa de indemnización por incapacidad permanente (art. 1746 del CCyC). La pericia médica fue valorada en conjunto con las demás pruebas, y se ajustaron los porcentajes de incapacidad, aplicando la fórmula matemática para calcular la indemnización futura, con un plazo de 50 años y una tasa de descuento del 6%. La indemnización por daño moral se fijó en función de las circunstancias del caso, con una reducción respecto a la primera instancia para ajustarse a los principios de proporcionalidad y razonabilidad. La tasa de interés se estableció conforme a la doctrina de la Suprema Corte y la normativa vigente, aplicando intereses desde el hecho hasta la sentencia, y luego a la tasa pasiva. La sentencia confirmada refleja el análisis integral y la ponderación de las pruebas, ajustando los montos en línea con la jurisprudencia y doctrina aplicable.

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