FABBRO NEHEMIAS ALEXIS Y OTRO/A S/ ABRIGO
La Cámara de Apelaciones confirma la declaración de adoptabilidad de NATASHA y NEHEMÍAS, sustentada en la situación de vulnerabilidad y la falta de avances en las condiciones de cuidado por parte de los progenitores. La sentencia apelada fue ratificada por considerar que prevalece el interés superior del niño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Tercera, de Lomas de Zamora, revisó la sentencia del 23/12/2024 que declaró en situación de adoptabilidad a NATASHA CHANTAL FABBRO y NEHEMÍAS ALEXIS FABBRO, dictada por el Juzgado de Familia N° 8 departamental. Los progenitores, ANAHI AYELEN FABBRO y ANGEL ALEXIS SAUCEDO, apelaron en fecha 30/12/2024, alegando que la sentencia se apoyó en hechos no probados y que su situación no justificaba la adoptabilidad. La Cámara analizó exhaustivamente los informes del Servicio Local, las entrevistas, informes periciales y las condiciones de vulnerabilidad constatadas, concluyendo que las circunstancias del caso justificaban la declaración de adoptabilidad, pues "las causas que dieron origen a esta medida de abrigo resultan irreversibles". La decisión se fundamenta en que "las condiciones para desempeñar el rol marental son deficitarias y que las circunstancias no han logrado modificarse", en consonancia con el interés superior del niño, conforme a la normativa constitucional, internacional y local. Los agravios de los recurrentes fueron desestimados, confirmando la sentencia en todos sus términos y imponiéndose las costas en ambas instancias.
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