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TORACCHIO, HECTOR NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes varios del haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia y ordenó ajustes en la actualización del haber inicial y la movilidad de la prestación.

Ipc Confiscatoriedad Ripte Isbic Movilidad previsional Actualizacion haber inicial Ley 27.609 Ley 27.541 Ley 27.426

Reajustes varios del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda. Ordenó: i) actualizar las remuneraciones computables hasta febrero 2009 por ISBIC y luego por ley 26.417; ii) diferir el reajuste de la PBU a la etapa de liquidación; iii) declarar inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y disponer un mecanismo de actualización trimestral por 50% IPC y 50% RIPTE; iv) ordenar a ANSES integrar la diferencia de la movilidad de diciembre 2020.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La CSJN estableció que la actualización de remuneraciones para determinar prestaciones no está alcanzada por la derogación de cláusulas indexatorias.
- Respecto a la PBU, corresponde su reajuste conforme doctrina "Quiroga" si se acredita confiscatoriedad.
- La garantía de movilidad es programática y su reglamentación corresponde al Legislador, pero debe guardar razonable vinculación con los cambios del nivel de vida.
- La fórmula de la ley 27.609 generó una depreciación acumulada de los haberes del 97,29% respecto al IPC y 66,18% vs RIPTE, por lo que resulta inconstitucional.

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