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HERNANDEZ, OSCAR RAFAEL c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

El actor impugnó la movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca declaró parcialmente inconstitucional la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 y ordenó su actualización con un índice combinado de IPC e RIPTE.

Seguridad social Movilidad previsional Inconstitucionalidad Ajuste por inflacion Anses Haber minimo

Impugnación de la movilidad del haber previsional
- Decisión:
- Se rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.426.
- Se ordenó a ANSES integrar el haber de diciembre 2020 con la diferencia entre el aumento percibido y el 42,13% que hubiera correspondido por la ley 27.426.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordenó actualizar el haber trimestralmente con un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE, hasta marzo 2024.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas a la demandada. Fundamentos relevantes:
- La movilidad es una garantía constitucional cuya reglamentación corresponde al Poder Legislativo, quien debe asegurar que la fórmula mantenga razonable relación con los cambios que afectan al estándar de vida que se pretende resguardar.
- La fórmula de la ley 27.609 generó un desfasaje progresivo entre la movilidad aplicada y la evolución de los índices de precios e ingresos, lo que implicó una depreciación acumulada de entre 33,70% y 49% en el poder adquisitivo de los haberes.
- Corresponde una solución que mejor se compatibilice con la jurisprudencia de la CSJN, mediante un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE.

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