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GIAMMARINO LAURA ISABEL C/ GONZALEZ HECTOR RUBEN S/ ALIMENTOS

El demandado apeló la sentencia que fijó una cuota alimentaria a favor de su hija. La Cámara modificó la sentencia, estableciendo la cuota en un 40% del Salario Mínimo Vital y Móvil hasta que la alimentada cumpliera 21 años.

Cuota alimentaria Alimentos Responsabilidad parental Salario minimo vital y movil Progenitores Codigo civil y comercial Edad de 21 anos Modificacion de sentencia Carga de la prueba Costas de alzada

Actor: G.L.I Demandado: G.H.R Objeto: Cuota alimentaria Decisión: Se modificó la cuota alimentaria fijada en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La obligación de prestar alimentos a los hijos se extiende hasta los veintiún años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismo." "No corresponde fijar una cuota de alimentos en favor de la alimentada que se extienda más allá del día en el que cumplió los 21 años (21/06/2023) pues no ha sido ello solicitado ni se encuentra acreditado en autos ninguno de los requisitos previstos por el artículo 663 del CCyCN para su procedencia." "Se estima adecuado fijar la cuota de alimentos en base al Salario Mínimo Vital y Móvil informado por el Ministerio De Trabajo, Empleo Y Seguridad Social."

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