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DS.F.E C/ R.P.D S/ DIVISION DE CONDOMINIO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino modificó la sentencia de primera instancia, determinando que la indemnización por uso exclusivo del camión se calcule desde la notificación de la demanda, en lugar de la fecha inicialmente establecida, reafirmando la división de condominio y el resarcimiento.

Recurso de apelacion Division de condominio Indemnizacion por uso exclusivo Oposicion fehaciente Codigo civil y comercial Resarcimiento Camara de apelaciones Pergamino Art. 1988 c.c.c. Sentencia confirmada y modificada

La causa fue promovida por Facundo Emanuel De Sautu contra Pablo David Rosti, solicitando la división del condominio del camión y resarcimiento por uso exclusivo. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la división y al resarcimiento, estableciendo que el monto sería del 30% del valor mensual de $1,200,000 a partir de junio de 2018, con la aclaración de que la oposición del demandado no fue fehaciente y que la comunicación enviada por el actor no constituía oposición en los términos del art. 1988 del C.C.C.N. La Cámara, tras analizar los agravios, concluyó que la comunicación no expresaba una oposición clara y categórica, sino solo una intimación de pago, por lo que no podía ser considerada oposición fehaciente. Por ello, modificó la sentencia y dispuso que la indemnización se calcule desde la notificación de la demanda, fecha 23/08/2021. La Cámara sostuvo además que los poderes jurisdiccionales están limitados por la congruencia y que no corresponde abordar cuestiones no propuestas en la instancia anterior. La sentencia final confirmó en parte la decisión de primera instancia, ajustando el inicio del cómputo de la resarcimiento.

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