ANDREOSE, AIDA JOSEFA Y OTROS C/FACCINI, SERGIO ANTONIO Y OTROS S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, manteniendo el monto del capital en U$S 56.000 y modificando la tasa de interés, la cual será evaluada en liquidación futura. La decisión se fundamenta en la inexistencia de relación de consumo y en la validez del mutuo hipotecario con garantías, rechazando nulidades y agravios relacionados con intereses y legitimación.
El actor, Aida Josefa Andreose, demanda a los ejecutados, Sergio Antonio Faccini, Dalma Edith Faccini y Antonio Faccini, por una ejecución hipotecaria basada en un mutuo en dólares. La Cámara revisó la sentencia de primera instancia, confirmando la validez del título ejecutivo por escritura pública, y rechazó la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor al analizar la relación jurídica, concluyendo que se trataba de un contrato entre personas físicas, sin relación de consumo. Respecto a los agravios sobre nulidad de cláusulas abusivas y intereses, la Cámara consideró que las mismas no pueden ser atendidas en esta etapa procesal, ya que la revisión de la abusividad y excesividad de intereses será analizada en la liquidación. La Cámara también rechazó los planteos sobre la falta de legitimación activa, afirmando que las cesiones y modificaciones en los acreedores estaban fehacientemente acreditadas. El tribunal sostuvo que el interés pactado de 12% anual será objeto de análisis en la liquidación futura, y que la cláusula de no defensa impuesta en el contrato impide nulidades sustanciales en esta instancia. Finalizó señalando que la sentencia de grado es correcta en sus fundamentos y que la pretensión de nulidad o aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor carece de sustento en los hechos.
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