CUELLO MICAELA BELEN Y OTRO/A C/ GASPARRONI ANABELIA ANDREA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios en causa de accidente de tránsito, fundamentando que no se acreditó la existencia del hecho ni la relación causal con el daño.
La parte actora, Micaela Belén Cuello y otro, interpuso recurso de apelación contra la sentencia que rechazó su demanda por daños derivados de un accidente de tránsito. La decisión de primera instancia consideró que no se probó la existencia del hecho ni la relación causal entre el accidente y las lesiones alegadas. El tribunal analizó las pruebas y las constancias del expediente, concluyendo que la rebeldía de los demandados no produce efectos absolutos y que la prueba pericial no acreditó la relación causal, además de destacar que la aseguradora negó los hechos y presentó prueba que refutaba las alegaciones del actor. La Cámara afirmó que la evaluación probatoria fue adecuada y que no se configuraron los requisitos para modificar la sentencia, por lo que se rechazó el recurso. Los jueces argumentaron que la valoración de la prueba debe hacerse en conjunto, y que la rebeldía no implica prueba automática, sino una presunción simple cuya eficacia requiere corroboración con otras constancias. Se sostuvo que la pericia médica no acreditó la relación causal y que la pericia mecánica fue insuficiente, además de que no se presentó denuncia del siniestro. En definitiva, la Cámara consideró que los fundamentos del juez de grado estaban correctamente motivados y que no existían motivos para alterar la decisión.
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