PIRCHI SONIA LUCIA C/ BANCO CREDICOOP COOP. LTDO. PERGAMINO S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial Pergamino revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda por daños y perjuicios contra el banco, debido a la insuficiencia probatoria respecto al daño alegado en las obras de arte exhibidas en un espacio del banco.
- La actora, Sonia Lucía Pirchi, demandó al Banco Credicoop por daños en obras de arte exhibidas en un acuerdo de mecenazgo.
- La sentencia de primera instancia condenó al banco a pagar $3.600.000 por daño, actualizable, por deterioro de las obras.
- La Cámara de Apelaciones revocó esa condena, considerando que la prueba testimonial y demás elementos probatorios eran insuficientes, imprecisos y vagos para acreditar la existencia y extensión del daño.
- La cámara argumentó que los testimonios eran "de oídas" y no aportaron detalles concretos sobre las obras, el daño, o la relación causal, y que las evidencias documentales presentadas no permitían determinar la naturaleza del daño ni su valor.
- Se destacó que "probar no es solamente convencer al juez; probar es presentar elementos de convicción cuya valoración racional por parte del juzgador le permita concluir que la hipótesis de hecho invocada por la parte es probablemente verdadera".
- La decisión se fundamentó en la falta de prueba suficiente para acreditar los presupuestos de responsabilidad: daño, relación causal, y la existencia del interés jurídico lesionado.
- Se concluyó que no se acreditó que las obras hubieran ingresado o salido del Banco en condiciones que permitieran inferir el daño, ni se individualizó claramente la obra afectada.
- La sentencia de primera instancia fue revocada y se dictó el rechazo de la demanda con costas a la parte actora.
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