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M.S.G.S. C/A. G. N. Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO

La Cámara de Apelaciones confirma la resolución que rechazó la solicitud de inconstitucionalidad de la Ley 23928, sosteniendo que la sentencia y su ejecución son firmes y consentidas, y que no corresponde reabrir debates por cambios posteriores en la jurisprudencia. La decisión se basa en la inmutabilidad de la cosa juzgada y la estabilidad de las decisiones judiciales, resaltando que la modificación de sentencias firmes por leyes posteriores vulneraría principios constitucionales y de seguridad jurídica.

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- La parte actora, M. S. G. S., demanda en un proceso de cobro ejecutivo a G. N. A. y M. A. G., reclamando el pago de $1.032,49 más intereses y costas, en una sentencia firme dictada el 7/4/10.
- La recurrente interpuso recurso de apelación contra la resolución del 4/11/24 que rechazó una solicitud de inconstitucionalidad de la Ley 23928, que prohíbe indexar.
- El tribunal sostuvo que la sentencia y su ejecución son firmes y que, habiendo ocurrido antes del fallo "Barrios", no corresponde reabrir el debate sobre la indexación.
- Se enfatizó que la cosa juzgada y la seguridad jurídica impiden modificar decisiones firmes por leyes posteriores; en palabras del tribunal: "el derecho adquirido a obtener mediante la ejecución de una sentencia firme no puede ser sustancialmente alterado por disposiciones de una ley posterior".
- La Cámara concluyó que la apelación debe ser rechazada, confirmando la resolución de primera instancia, con imposición de costas a la parte recurrente.

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