R. P. E. E. C/ R. Y. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la pretensión del actor por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, sosteniendo que la responsabilidad recae en el actor por no respetar la prioridad de paso y por incurrir en una conducta que provocó el siniestro, fundamentando en la prioridad de paso de la demandada y la presunción de responsabilidad del conductor que no respeta dicha prioridad.
La parte actora, E. E. R. P., demandó a Y. R. y la aseguradora T. S. S. A. por daños y perjuicios ocasionados en un accidente ocurrido el 19 de junio de 2015. La sentencia de primera instancia rechazó la pretensión, considerando que la responsabilidad del siniestro recae en el actor, quien no respetó la prioridad de paso y violó las normas de tránsito. La Cámara de Apelaciones, en su análisis, confirma la decisión, resaltando que la inspección ocular y los informes acreditan que ambas arterias estaban asfaltadas y de doble sentido, y que la prioridad de paso le correspondía a la demandada, conforme al artículo 41 de la ley 24.449. El tribunal destaca que no se acreditó que la calle D. V. estuviera en condiciones diferentes a las actuales, y que la conducta del actor fue la causa eficiente del accidente. Además, se señala que no se acreditó una velocidad excesiva por parte de la demandada. La apelación del actor es rechazada y se confirma la sentencia de primera instancia, con costas de alzada a la parte vencida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: