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B. I. S.A. C/ B. S. I. S/ COBRO EJECUTIVO

La Cámara de Apelaciones revoca la declaración de caducidad de instancia en proceso de cobro de sumas de dinero por incumplimiento de pago, por irregularidades en la notificación electrónica, ordenando reanudar el trámite del proceso. La decisión se basa en la necesidad de garantizar la legalidad y el acceso a la justicia en un contexto de modernización judicial.

Recurso de apelacion Caducidad de instancia Notificacion electronica Modernizacion judicial Proceso civil Garantia del derecho de defensa Incumplimiento formal Revocacion Ley 4013 Integracion tecnologica.

Actor: B. I. S.A. Demandado: B. S. I. S. Objeto: Cobro de sumas de dinero por incumplimiento de pago y embargo. Decisión: La Cámara de Apelaciones revoca la declaración de caducidad de instancia del 4/11/24 y ordena reanudar el proceso. Fundamentos: El tribunal señala que la resolución de fecha 17/4/2024 no fue notificada en el domicilio electrónico del ejecutante, incumpliendo el art. 10 del Anexo I del Acuerdo 4013 y sus modificaciones, que establecen la notificación automatizada y electrónica para el proceso. Se enfatiza que "la aplicación obligatoria de la normativa vigente en cuestión, impone la promoción del uso progresivo de las herramientas tecnológicas en la gestión judicial, incluyendo la incorporación de instrumentos para el intercambio electrónico de información y la realización de comunicaciones y presentaciones por vía electrónica, siendo el objetivo de esta implementación una mayor eficiencia del servicio de justicia". La falta de notificación electrónica efectiva genera una vulneración del derecho a la defensa y a un proceso justo, por lo que se propone la revocación de la caducidad y la continuidad del trámite. Los jueces coinciden en que la caducidad de la instancia debe ser interpretada restrictivamente y en favor del mantenimiento del proceso, en consonancia con la normativa de modernización judicial y la protección de derechos constitucionales y convencionales. Disidencias: El voto del Dr. Tivano se basa en la necesidad de respetar la notificación electrónica y la normativa vigente, considerando que la irregularidad afecta la validez del acto procesal.

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