O. L. R. Y O./A C/ O. M. A. S/ DETERMINACION PRECIO/ALQUILERES
La Cámara de Necochea revoca la sentencia de primera instancia para modificar la fecha de inicio del canon locativo y la tasa de interés, confirmando la decisión en lo demás y ordenando el pago con intereses desde agosto de 2022.
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda por determinación de valor locativo, fijando un canon mensual de $32.500 desde febrero de 2024 y tasas de interés pasiva. La parte actora apeló alegando que el inicio del pago debería ser desde agosto de 2022, y solicitando una tasa de interés más alta. La Cámara analizó la documentación y la doctrina legal, concluyendo que la oposición al uso y la reclamación del canon se produjeron en agosto de 2022, por lo que la fecha de devengamiento debe ser retrotraída a ese mes, en línea con la jurisprudencia y los principios de notificación fehaciente. Respecto a los intereses, la Cámara mantuvo la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en concordancia con la doctrina vigente, y revocó la fallo de grado en ese aspecto. Se confirmaron las costas de alzada a la parte vencida y se diferió la regulación de honorarios. La decisión se fundamenta en que la comunicación por carta documento se perfecciona cuando llega efectivamente al destinatario, y que la falta de contestación de la demanda no puede favorecer al demandado en cuanto a la fecha de inicio del pago.
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