SALVAGGIO CARLOTA ANA S/ SUCESION TESTAMENTARIA
La Cámara de Necochea revoca la regulación de honorarios en un proceso de sucesión testamentaria y reajusta las emolumentos profesionales de acuerdo a la clasificación de tareas y porcentajes de participación de los letrados, confirmando la distribución y valor en dólares y pesos.
La causa involucra la impugnación de la regulación de honorarios en un expediente de sucesión testamentaria. La sentencia de primera instancia aprobó una clasificación de tareas y reguló honorarios a favor de los abogados por un monto basado en una base en dólares estadounidenses, ajustada a la cotización oficial. El Dr. Spinelli cuestionó sus honorarios y la distribución de tareas, alegando que realizó el 80% de las tareas en la segunda etapa, mientras que la Dra. Domínguez realizó el 20%. La Cámara analizó las tareas de cada profesional, verificando que Spinelli realizó tareas que representan el 80% del trabajo y que la Dra. Domínguez llevó a cabo las tareas restantes, incluyendo la publicación en el boletín oficial. La Cámara revoca la regulación inicial y regula los honorarios en dólares, estableciendo: para Spinelli, la suma correspondiente al 80% del trabajo en ambas etapas, y para Domínguez, el 20% restante, sin costas por tratarse de cuestiones de honorarios. Fundamentos principales: "expediente de sucesión testamentaria cuyo procedimiento se divide en etapas, y en particular en la segunda etapa, la doctrina indica que las tareas incluyen la publicación de edictos, los oficios a registros y las publicaciones en boletines oficiales. La clasificación de tareas firmada y consentida indica que Spinelli realizó las tareas correspondientes a la mayor parte de la segunda etapa, en torno al 80%, mientras que la Dra. Domínguez realizó tareas específicas, incluyendo la publicación en boletín oficial. La prueba documental exhibida permite verificar la autoría de cada tarea, confirmando que la distribución de tareas y honorarios debe ajustarse a estos porcentajes, conforme a la ley y a la doctrina especializada. La regulación inicial fue revisada y modificada, estableciéndose un monto en dólares y pesos, en línea con la cotización del Banco de la Nación Argentina, y sin costas por tratarse de honorarios." Votos en disidencia o adicionales relevantes: Ninguno.
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