R. M. R. C/ B. C. S.A S/ HABEAS DATA
La Cámara de Necochea confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda por Habeas Data contra B. C. S. A. La decisión avaló que la acción se encontraba cumplida, rechazando los agravios por cumplimiento insuficiente y manteniendo las costas al apelante vencido, fundamentándose en que no se entregó la documentación en soporte físico.
La actora, M. R. R., demanda a B. C. S. A. por incumplimiento en la entrega de documentación respaldatoria en soporte físico en el marco de una acción de Habeas Data, tras considerar que la respuesta de la demandada, si bien contestó el requerimiento, fue incompleta y deficiente, sin adjuntar la documentación solicitada en soporte físico. La sentencia de grado declaró la acción cumplida y condenó en costas a la demandada, decisión que fue apelada por la demandada. La Cámara de Necochea consideró que la respuesta de la demandada no satisfizo los requisitos legales, ya que no entregó la documentación en soporte físico, y que la mera contestación del requerimiento vía digital no equivalía a cumplimiento del deber legal de entrega. La Cámara valoró que "no puede estimarse aquí tampoco que hubo 'cumplimiento' en la entrega de la información al consumidor -previo a la acción de hábeas data
- si no se cumplió con suministrar la documentación en soporte físico", y que "la puesta a disposición" en forma digital no reemplaza la entrega física requerida por la normativa. En consecuencia, confirmó la sentencia, con costas al apelante vencido, y reguló honorarios profesionales.
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