SUCESORES DE LARES NORMA RENEE C/ CLINICA MED SAN JUNIN Y OT S/ ··DAÑOS Y PERJUICIOS
Rechazo del recurso de apelación de la parte actora y confirmación de la sentencia de primera instancia que desestimó la demanda por daños y perjuicios en un caso de presunta mala praxis médica. La Cámara concluyó que no se acreditó la conducta antijurídica ni la relación causal entre la actuación médica y el fallecimiento del paciente, fundamentando en la valoración de la prueba pericial médica y la correcta actuación profesional de los médicos demandados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, herederos de Norma René Fernández de Lares, demandó por daños y perjuicios derivados de una supuesta mala praxis médica contra la Clínica Médico Quirúrgica Sanatorio Junín S.A., médicos y aseguradoras, por la muerte del Sr. Omar Federico Lares en 1996. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que no se probó la conducta antijurídica ni el nexo causal, fundamentándose en informes periciales que concluyeron que la actuación médica fue correcta. La apelación fue rechazada, pues el tribunal valoró que la prueba pericial era fundada en conocimientos científicos y que no existieron errores graves o inexcusable en el diagnóstico ni en el tratamiento, además de que la relación contractual y de consumo no se acreditó para aplicar la ley de defensa del consumidor. La Cámara destacó que los médicos actuaron con la diligencia esperada y que la responsabilidad subjetiva no quedó evidenciada. La negativa a modificar la sentencia fue fundamentada en la falta de prueba suficiente que acreditara la culpa, y en que la relación entre la atención médica y la muerte no fue demostrada.
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