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CUADERNO DE APELACION JUS SE REGULAN EN AUTOS GODOY MARIA ISABEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - JP-19868-2023

La Cámara confirmó la regulación de honorarios a la defensora de pobres y ausentes que incluyó el adicional del 10% e IVA conforme a las leyes previsionales vigentes. La decisión se sustentó en la aplicación de disposiciones constitucionales y previsionales, rechazando los agravios del Defensor General.

Regulacion de honorarios Beneficio de litigar sin gastos Defensora de pobres y ausentes Ley previsional Ley 14.967 Adicional del 10% e iva Caja de prevision social Orden publico previsional Derechos constitucionales Jurisprudencia reiterada

Quién demanda: Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Procuración General de la Provincia de Buenos Aires (obligada al pago de la obligación previsional)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios de la defensora de pobres y ausentes ad hoc, específicamente respecto al adicional del 10% e IVA que fue incluido en sentencia de primera instancia del 3/5/2024, conforme al art. 9 de la ley 14.967.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el decisorio apelado en lo que fue materia de agravio, manteniendo la regulación de honorarios que incluyó el adicional del 10% e IVA a la defensora de pobres y ausentes ad hoc. Fundamentos principales de la decisión: "Contra el decisorio del 3/5/2024, que adicionó a los honorarios regulados a la defensora de pobres y ausentes ad hoc (para este caso concreto) en los términos del art. 9 de la ley 14.967 -SCBA, Ac. 3.391, modif. Ac. 3.912
- el 10 % e IVA, si correspondiere (arts. 91 ley 5827 modif. ley 14365; 1 Ac. 3912 SCBA; 12 ley 6716 modificada por las leyes 10268 y 11625; Ac. 4012/21 SCBA y Art. 9 Ley 14.967.)" "La cuestión suscitada, de la que tomó vista la Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires e intervención de la Fiscalía de Estado, fue abordada por este Tribunal en la causa n° 97.803 "Dr. Juan M. Ferraro s. incidente de apelación en "Vega, C. Alejandro s. su situación expte. n° 24.208" (sent. del 03.09.2019). Criterio luego reproducido en la causa n° 101.262 "Paredes, Marcelo c. Bustamante, Micaela s. beneficio de litigar sin gastos" (sent. del 21.03.2023) y en la causa n° 101.291 "Moure, Andrea G. c. Risetti, Augusto s. beneficio de litigar sin gastos" (sent. del 25.04.2023), como en otros precedentes posteriores emitidos por el Tribunal en su actual integración." "Tratándose de idéntica situación y siendo que el Superior Tribunal bonaerense no se ha expedido al respecto hasta el momento, corresponde replicar todos y cada uno de los fundamentos, citas legales y jurisprudenciales allí vertidas para desestimar el planteo, en virtud de la aplicación de las disposiciones vigentes, la operatividad de derechos y principios con jerarquía constitucional y convencional, el orden público que alcanza a las leyes previsionales y al diálogo armónico entre las fuentes (arts. 14 bis -párr. 3-, 16, 75 inc. 22, 121 y 125 -párr. 2
- de la CN; 39 inc. 3 y 40 de la Const. Prov.; 1, 2, 3 y 12 del CCyCN; 12, inc. b, 16 de la ley 6.716, texto s/ leyes 10.268 y 11.625; 91 de la ley 5.827, texto s/ ley 14.365)."

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