ECHARREN, JUAN JOSE S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (DDA. FABBRIS DEL VALLE, FERNANDA) S/ INCIDENTE DE APELACION DE APORTES DE HONORARIOS ART. 250 CPCC
La Cámara de Dolores confirmó el decisorio que adicionó a los honorarios de la asesora de incapaces una contribución provisional del 10%, y rechazó el recurso de apelación del Defensor General, en atención a antecedentes jurisprudenciales y constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Tribunal analizó la impugnación del 15/9/2023 respecto del incremento del 10% en honorarios a la asesora de incapaces, regulado en el art. 9 de la ley 14.967 y en la resolución del 21/03/23. La parte apelante fue el Defensor General, cuestionando la legalidad de dicha adición. El Tribunal recordó que la cuestión ya fue resuelta en causas precedentes, donde se sostuvo que la incorporación de la contribución provisional en honorarios a cargo del obligado se ajusta a la normativa vigente y a la jurisprudencia consolidada, incluyendo los precedentes de la causa n° 98.565, en la que se manifestó que "la operatoria de la contribución provisional a cargo del obligado al pago de los estipendios no vulnera principios constitucionales ni convencionales". El Tribunal concluyó que no corresponde modificar la resolución recurrida, ya que la misma se encuentra ajustada a derecho y a la jurisprudencia vigente. Además, se dispuso que no se impongan costas, por tratarse de una cuestión arancelaria. La resolución fue comunicada a la Procuración General y a la Caja de Previsión Social para Abogados. El voto del juez Banegas adhirió en todos sus términos.
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